
Dentro de la figura de profesionales judiciales, están los peritos, quienes son el medio de prueba veraz, objetivo e imparcial de los hechos en cuestión.
La función del perito es emitir un Informe/Prueba/Dictamen Pericial, basado en su experiencia y conocimientos en el tema analizado para ser presentado como medio de prueba ante las autoridades o instituciones correspondientes.
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EL DICTAMEN PERICIAL Y LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL
La Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero de 2000 enumera en el artículo 299 LEC los medios de prueba que pueden hacerse valer en juicio, entre los cuales se encuentra el dictamen de peritos (apartado 4º del artículo 299.1 LEC) o prueba de peritos, y cuya regulación se contiene en los artículos 335 a352 LEC.
“La prueba pericial o dictamen de peritos es un medio de prueba en virtud del cual una persona con conocimientos especializados o técnicos que el órgano jurisdiccional no tiene, pero ajena al proceso, los aporta al mismo para que el juez pueda valorar mejor la naturaleza de los elementos o hechos de prueba, sin olvidar que esa prueba debe referirse precisamente a conceptos, juicios y máximas de experiencia propias de un saber especializado.
Por tanto, la función del perito es precisamente esa, la de aportar dichos conocimientos en razón fundamental a la circunstancia de que por su profesión, por su pericia o por su experiencia, esté en posesión de tales elementos de conocimiento que precise el órgano jurisdiccional para poder resolver o apreciar los hechos o algún hecho de influencia en el pleito.” GÓMEZ COLOMER, J.L., El nuevo…, op. cit., pág. 311
Hasta ahora, la veracidad del trabajo del perito estaba relacionada a su presencia física en el lugar de los hechos y/o a sus conocimientos en la materia a tratar.
PERITOS DE SEGUROS
En el caso de los peritos de seguros, el artículo 38 párrafo 4 de la Ley del contrato de seguro afirma que…. “Si no se lograse el acuerdo dentro del plazo previsto en el artículo dieciocho, cada parte designará un Perito, debiendo constar por escrito la aceptación de éstos…”, lo que quiere decir que la figura del perito dentro del sector asegurador es decisiva.
Y ahora la gran cuestión: ¿y si separamos el dictamen del perito a su inspección in situ? (cuando son daños materiales).
¿Dónde queda la veracidad del Dictamen Pericial? ¿Quién es el gran perjudicado? ¿Quién es el gran ganador?
Este es un tema que recién empieza a coger fuerza, ya que, a raíz del confinamiento por la Pandemia, las aseguradoras optaron, como alternativa viable y temporal para atender a sus asegurados, trabajar con las TELEPERITACIONES.
TELEPERITACIONES
Inicialmente esta propuesta innovadora solventó el problema y su temporalidad no activó ninguna señal de peligro.
Ahora, después de varios años de volver a la “normalidad” podemos constatar que la TELEPRITACIÓN ha venido a quedarse, poniendo en peligro de extinción la figura del perito.
Las aseguradoras se han dado cuenta que el sistema de TELEPERITACIÓN trae grandes beneficios económicos (sobre todo) al evitar el traslado de uno o varios profesionales a la inspección de un siniestro.
Entre los costos, que se “ahorran” están: tiempo de traslado, combustible, viáticos, etc.
DATOS DE LA UNESPA
Los resultados de estos “ahorros” los muestra UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras) quienes informan que:
La facturación del ramo de no vida se sitúa claramente en positivo. Anota un repunte interanual del 5,35% si se compara con junio de 2021, y del 9,15% frente a ese mismo mes de 2019.
Pero, todo esto a costa de “quien”….del asegurado y del perito.
El asegurado pasa a convertirse en el empleado de su trabajador ya que por medio de instrucciones telemáticas debe aprender a hacer el trabajo de un profesional en el tema: el perito.
El resultado de este cambio de sistema será la baja calidad de los servicios, la mala valoración de los daños y por lo tanto una indemnización injusta, todo esto claro sin que el asegurado sea capaz de percibirlo, ya que tiene una buena fachada de rapidez y comodidad.
Y por otra parte está la función del perito, el cual directamente desaparece de la escena, o sea el perito está en peligro de extinción.
No sólo de la escena física del siniestro, sino de la escena en general, ya que los profesionales que evalúan los siniestros en remoto, solo responden a comandos, barómetros o parámetros establecidos por su compañía, los cuales arrojan un resultado al rellenar ciertos datos. No son peritos, ni necesitan serlo.
Pongámonos en escena: ante un siniestro das parte a la compañía, ésta te da indicaciones para recabar pruebas del siniestro (fotos, facturas, audios, etc.) y luego la compañía te da la respuesta de tu indemnización (si considera que corresponde) y manda a la compañía/taller/empresa a que resuelva la incidencia.
¿Dónde quedó el perito?
Sabemos que la tecnología viene a quedarse, deshumanizando cada vez más las empresas y ahora está amenazando al sector del peritaje.
Por eso, se afirma, que si no se hace nada, el perito estaría en peligro de extinción.